Organización y funcionamiento

■ Órganos de gobierno unipersonales

■ Órganos de gobierno colegiados

■ Órganos de coordinación docente

Reglamento de régimen interior

■ Comedor

Órganos de gobierno colegiados

 

  • Consejo Escolar.

El consejo escolar es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa.

Las reuniones del Consejo Escolar tendrán una duración máxima de 1,30 minutos. Si quedasen temas pendientes antes de finalizar la reunión se convocaría otra en el momento y día que se determine.

Los representantes de cada sector tendrán disponible la documentación que sobre los distintos puntos se vaya a tratar en el Consejo Escolar con una semana de antelación en reuniones ordinarias y con 48 horas, en el caso de las extraordinarias.

El Consejo Escolar formará al inicio de cada curso una comisión de Convivencia, formada por el director, El jefe de estudios, un maestro y un representante de padres.

Se realizará una evaluación del funcionamiento del Consejo Escolar al menos una vez durante el curso, preferentemente al final del mismo. En esa evaluación se valorará el grado de cumplimiento de las decisiones tomadas, objetivos conseguidos, actuaciones realizadas.

  • Claustro.

Formado por el conjunto de profesores para decidir e informar sobre los aspectos docentes.

  • Comisión de convivencia.

Velará por el cumplimiento de las Normas de Convivencia, elevará propuestas de mejora de las normas de convivencia al Consejo Escolar, propondrá al resto de la comunidad educativa actividades de carácter general encaminadas a la mejora de la convivencia interna en el Centro, actuará en caso de problemas disciplinarios considerados graves en el R.R.I.

Web optimizada para una resolución de 1024 x 768 pixels