El comedor Escolar es un servicio complementario de carácter educativo, cuya existencia y reconocimiento viene recogido en el artículo 65 de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre.
El servicio de Comedor Escolar, tiene como objetivo:
- Fomentar y promocionar hábitos y actitudes saludables en la alimentación del alumnado, en relación con su nutrición, como parte integral de una buena higiene de vida.
- Potenciar la dimensión educativa, mediante el desarrollo en los alumnos de estilos de vida y hábitos alimentarios que perduren a lo largo de su vida.
Art. 40 Organización y Funcionamiento.
La Ley 917/2.002 de 14 de Marzo, de la Consejería de Educación que regula los comedores escolares de la C. de Madrid hace recaer sobre el Consejo Escolar del Centro, la organización y funcionamiento, de dicho servicio, tanto en los aspectos de calidad nutricional como de atención educativa siendo incluida tal especificación en la P. G. A. de cada curso. El Consejo Escolar decidirá la capacidad del mismo por razón del espacio.
Este servicio se iniciará con carácter general el primer día lectivo del mes de curso de cada año, y finalizará el último día lectivo del curso. Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo Escolar del Centro docente podrá acordar que el periodo establecido con carácter general se posponga ose anticipe a otro día lectivo del curso escolar.
En la necesidad de realizar turnos del servicio, estos serán fijados por la dirección del centro docente.
- Usuarios del servicio y criterios de admisión
Todos los alumnos del Centro pueden ser usuarios de este servicio.
El Consejo Escolar decidirá al finalizar cada curso cual será el número de plazas que cubrirá el aforo del comedor durante el siguiente curso.
La selección y admisión de usuarios del servicio de comedor, cuando haya más solicitudes que plazas disponibles, corresponde al Consejo Escolar del Centro según estos criterios:
- Los alumnos becarios para el servicio de comedor escolar.
- Todos los alumnos escolarizados en el Centro, en todos los niveles, cuyos padres o tutores legales trabajen ambos y puedan acreditarlo con la documentación pertinente (Fe de Vida Laboral) cuando se solicite.
- De haber plazas vacantes aún, entrarán los alumnos cuyos padres no trabajen (alguno de ellos o los dos), y los esporádicos.
- En caso de acabarse el cupo de comedor al aplicarse los puntos 2 y 3, tendrán preferencia dentro del mismo criterio los niños de menor edad o nacidos posteriormente. Así mismo en el supuesto de entrar, por aplicación de cualquier criterio, un niño con hermano/s, también entraría este o estos en orden a promulgar la estabilidad familiar.
Será condición indispensable para los alumnos de Educación Infantil, en función de su madurez:
- Tener autonomía personal suficiente para permanecer sentado/a durante el tiempo que dura la comida.
- Comer por sí solo.
- Si un alumno, tras el periodo de adaptación (primer trimestre de cada curso) de forma reiterada, por no gustarle la comida o sobrepasar el tiempo de que dispone, quedase sin comer, tras el aviso previo a la familia por escrito, causará baja en orden al derecho del alumno sobre su buena alimentación. El Centro no asumirá la responsabilidad del incorrecto uso de este servicio en favor de la salud de los alumnos, por lo que derivará a las familias en cuidado y atención de sus hijos.
(Estos criterios pueden ser revisados y modificados por el Consejo Escolar).
El precio es único para todos los usuarios del mismo y vendrá dado por la normativa de principio de curso.
Quedan exceptuados total o parcialmente del pago del mismo, aquellos que tengan derecho de ser beneficiarios de ayudas concedidas.
Los alumnos becados no les será aplicada su deducción de ayuda hasta no recibir la notificación oficial de la cuantía concedida por lo que dehacer uso de este servicio, deberán abonar el importe total del menú porque ni la empresa ni el Centro pueden hacerse subsidiarios de este pago.
La falta de pago reiterada del importe del servicio será causa de pérdida de la plaza de comedor.
En caso de suspensión temporal de los servicios de comedor, por motivos ajenos a la empresa, los alumnos abonarán la parte de la minuta correspondiente alpersonal y S. Social según la normativa (50% del importe diario.
El coste del servicio se realiza mediante domiciliación bancaria y durante la primera semana del mes.
El precio del menú en los usuarios esporádicos se podrá incrementar hasta un 20%, según normativa y lo abonarán en Secretaría en horario de 9:00 h. a 11:00 h., el día anterior o esa misma mañana.
Si un comensal avisa de su ausencia con antelación de tres días, se le descontará el 50% de la minuta y si lo hace con una semana el 100%.
Si un alumno no asiste a la jornada lectiva de mañana de forma reiterada y sin justificar no podrá asistir al comedor en la jornada injustificada.
Cualquier asunto relacionado con la administración del comedor será atendido en la Secretaría del centro en horario abierto al público.
- Programa anual del servicio de comedor
La programación anual del servicio del comedor se incluirá en la P.G.A. del centro en cada curso escolar.
Las actividades incluidas en dicha programación irán encaminadas a:
- -Desarrollar hábitos de higiene y nutrición, uso correcto y conservación de los útiles de comedor.
- -Fomentar actitudes de colaboración, solidaridad y convivencia, ayuda y colaboración entre los compañeros.
- -Colaborar en las labores de puesta y recogida del servicio, resaltando la figura del responsable de mesa.
- -Contribuir en el desarrollo psicológico, social y afectivo de los alumnos mediante actividades de libre elección, lúdicas y artísticas.
En la memoria final de curso se incluirá la evaluación de la programación de este servicio, el grado de cumplimiento y las propuestas de mejora que nos servirán para la próxima programación.
- Organización, coordinación y seguimiento del servicio:
Las funciones de los responsables de este servicio se regirán por la normativa vigente. (C. Escolar, Director, J. de Estudios, Secretario delcentro y personal de Apoyo en caso de haberlo, articulo 12 de la citada Ley).
Durante el tiempo que dure el servicio de comedor al menos un componente del equipo directivo, o personal de apoyo, (en caso de haber más de 300 comensales), deberá permanecer realizando sus funciones.
- Modalidad de prestación del servicio de comedor:
La contratación del servicio de comedor es mediante suministro y elaboración de comidas en el centro docente, a cargo de una empresa adjudicataria con el correspondiente procedimiento de homologación.
- Servicio de atención educativa, apoyo y vigilancia de alumnos:
Será realizado por la empresa adjudicataria con la dotación de personal de atención educativa, apoyo y vigilancia según los módulos establecidos en la Normativa Vigente.
El personal de vigilancia y atención educativa del servicio de comedor, bajo las directrices de la coordinadora, desarrollará las siguientes funciones:
- Desarrollar el programa anual del comedor.
- Cumplir con la labor de cuidado, atención educativa al alumnado y apoyo a las actividades establecidas de acuerdo con el programa anual del servicio del comedor escolar.
- Tareas relativas a la educación para la salud, adquisición de hábitos sociales y una correcta utilización y conservación del menaje del comedor.
- Ayudar a los alumnosque por edad o por necesidades asociadas a condiciones personales de discapacidad necesiten la colaboración y soporte de un adulto en las actividades de alimentación y aseo.
- Informar al equipo directivo del centro de cualquier incidencia relacionada con el desarrollo del servicio de comedor.
- Recoger y devolver a los alumnos de E. Infantildurante todo el curso y a los de primero de primaría durante el primer trimestre, a sus aulas de referencia.
- La dotación de personal de apoyo y vigilancia será:
Una persona cada 30 alumnos o fracción superior a 15 en Primaria.
Una persona cada 20 alumnos en Infantil 4 y 5 años o fracción superior a 10.
Una persona cada 15 alumnos o fracción superior a 8 en Infantil 3 años.
La empresa adjudicataria del contrato acreditará la idoneidad profesional de los monitores. El tiempo de prestación, con carácter general será de 2 horas diarias, comienza al término de la jornada de mañana y finaliza al inicio de la jornada de tarde. En los meses de jornada única este servicio es de 2 h. a partir de la finalización de la mañana.
Art. 41Normas para los alumnos
Además del marco legislativo de la Orden917/2.003 de 14 de marzo, este comedor tendrá las siguientes normas básicas de funcionamiento:
- Los alumnos de infantil y primer curso, a ser posible, comerán en el primer turno, los de 3 y 4 años lavarán las manos, con la asistencia de la monitora en las aulas de referencia, los de tres años entrarán después de la comida a las aulaspara dormir siesta (entrarán y saldrán por la puerta posterior).
Los de cuatro años irán al aula, durante el recreo, en función del tiempo atmosférico.
Los de cinco años y 1º serán recogidos de las aulas, lavarán las manos en los servicios del patio (entrarán y saldrán por la puerta anterior del comedor).
- Los alumnos de Primaria que comen en el segundo turno, harán filas en la pista grande y se lavarán las manos antes de entrar al comedor.
- Los alumnos de 5 años, primero, segundo y tercero (según turno) ocuparán la pista delantera en los recreos anterior o posterior a la comida. Los de cuarto, quinto y sexto la pista trasera.
- En ningún momento podrán permanecer detrás de losmódulos o gimnasio, para evitar no ser vistos por los monitores.
- Cualquier incidencia, dentro o fuera del comedor, deberá ser conocida por los monitores, para que estos actúen en consecuencia.
- Los alumnos de Primaria rellenarán los partes de faltas, contando lo ocurrido y reflexionando sobre su forma de actuar, si esta no ha sido correcta. Los monitores enviarán los partes a la Dirección.
- El material de juegos será facilitado a los niños a través de los monitores o profesores, por lo que los alumnos no traerán juguetes, balones, pelotas, juegos electrónicos, móviles…. de su casa. Si así fuese se les guardará y entregará posteriormente.
- Los alumnos no podrán salir del recinto escolar ni saltar las vallas. Sólo podrán ausentarse, si por motivo justificado, algún familiar viene a buscarlo, debiendo comunicarlo previamente a su monitor o a la secretaría del centro.
- Los alumnos de primaría, que comen en el segundo turno, lavarán los dientes, si les queda tiempo, antes de formar las filas de entrada en los servicios exteriores.
- Durante los periodos de recreo anterior y posterior a la comida queda prohibido a los alumnos accedera las clases.
- Los balones y el material de juego será entregado a las monitoras antes de volver a clase por la tarde, con el tiempo suficiente para ser recogido y controlado por los cuidadores. Una vez que toca el timbre no se puede ir al baño.
- Los días de lluvia se utilizarán los espacios cubiertos, según las previsiones de principio de curso.
- Durante la comida mantendrán un comportamiento correcto que se concreta en:
- Entrar en silencio, de forma ordenada evitando carreras.
- Mantener un tono de voz moderado.
- Respetar a sus compañeros, personal de cocina y monitores.
- Para levantarse de la mesa hay que tener permiso de sus monitores.
- Levantar la mano para pedir algo al monitor.
- Comer con corrección, cuidando las normas básicas de aseo e higiene, con la utilización adecuada de cubiertos, respetando los utensilios y el mobiliario.
- No tirar comida al suelo, o a los compañeros.
- Comer todos los alimentos servidos.
- No se puede sacar del comedor el pan, la fruta ni cualquier otro alimento.
- El encargado de mesa servirá el agua, estará atento al buen funcionamiento de la misma, comunicando al cuidador, cualquier necesidad o incidencia, los platos quedarán apilados en el centro, para hacer más rápida su retirada.
- A la zona de cocina y almacén solo pueden pasar las personas autorizadas, nunca los alumnos.
- Los alumnos de comedor se atendrán a las mismas normas de convivencia generales que tiene el centro.
Art. 42 Medidas correctoras y educativas.
Las correcciones que se apliquen por el incumplimiento de las Normas, tendrán un carácter educativo, teniendo en cuenta la edad del alumno, sus circunstancias personales, familiares y sociales.
Las conductas contrarias a las normas de convivencia serán corregidas según se especifica en este mismo reglamento.
Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, serán igualmente tratadas, con la única diferencia de que en caso de expulsión, se referirá solo al servicio de comedor.
Todos los añosse les enviará una circular a los padres para notificar las posibles modificaciones que en las instrucciones de comienzo de curso sean remitidas a los centros docentes públicos de la C.M. |