Certificado
de minusvalía
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El reconocimiento de la condición legal de minusválido se
realiza en los Centros Base a solicitud de l interesado. Para obtener la condición legal de minusválido/a se requiere un
grado mínimo del 33%. Con la Calificación legal de Minusvalía se puede acceder a
distintas prestaciones y beneficios relacionados
con la condición de minusválido. Normalmente, os ponen los años de validez y cuándo hay que hacer
revisión, pero generalmente cuando se van a cumplir los 18 años
os avisan para que hagáis una revisión ya que entonces podéis
solicitar una pensión económica. La documentación hay que presentarla en el Centro Base que os
corresponde por la zona en la que vivís.
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PRESTACIONES Y BENEFICIOS DEL CERTIFICADO DE MINUSVALÍA.
Ÿ Abono social de Telefónica: Las personas que hayan cumplido 65 años o 60 en el caso de personas que precisen de ayuda para la realización de las actividades de la vida diaria. No tener ingresos superiores al salario mínimo interprofesional. Información en Centro de SS.SS.
Ÿ Apoyo al Empleo en Cooperativas de Trabajo Asociado: Información INEM.
Ÿ Asistencia Sanitaria para Personas sin Recursos Suficientes (IMSALUD).
Ÿ Ayudas individuales de la Comunidad de Madrid: Se convocan todos los años. Información en Centro Base. Tipos de ayudas:
ð Atención
especializada en Centros Residenciales.
ð Adquisición y/o adaptación de vehículos.
ð Eliminación de barreras en vehículo.
ð Adquisición de sillas de ruedas no
contempladas por el sistema sanitario.
ð Adaptación funcional de la vivienda
habitual.
ð Adquisición de audífonos, gafas,
lentillas, no contempladas en el sistema sanitario.
ð Adquisición
de ayudas técnicas.
ð Ayudas derivadas de su discapacidad que
deban ser atendidas.
Ÿ Ayudas para transporte en taxi de la Comunidad de Madrid: Se convocan todos los años (entre los requisitos no debe poseer vehículo propio). Información en Centro de SS.SS. Criterios de concesión:
ð
Asistir al centro de trabajo.
ð Asistir a Centros
ordinarios de formación, capacitación y reconversión profesional.
ð Atender necesidades de movilidad.
ð Asistir a clases para la obtención del carné de conducir.
ð Asistir a actividades de convivencia, culturales, ocio y
tiempo libre.
Ÿ Bono
Tet: Tarjeta
Especial de Transporte, para personas empadronadas en el Municipio de Madrid, y
que tengan ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional (513
€/mes). Información en Junta Municipal.
Ÿ Carné
municipal de deporte especial:
Gratuidad a las Instalaciones Deportivas Municipales y a los servicios de uso
libre que no precisen una reserva de espacio y tiempo determinado (piscinas...).
Ÿ Centros
para minusválidos:
ð Centros de Día.
ð Centros Ocupacionales.
ð Centros de Rehabilitación de Minusválidos (C.R.M.F.).
ð Centros de Atención a Minusválidos Físicos (C.A.M.F.).
ð Centros de Atención a Minusválidos Psíquicos (C.A.M.P.).
Ÿ Contratación
Indefinida para trabajadores minusválidos: Incentivos para la empresa (subvención por contrato, bonificación
cuota Seguridad Social, subvención para adaptación puesto de trabajo, subvención
para Formación Profesional, Deducción en el Impuesto sobre Sociedades.
Ÿ Contratos
Temporales con
características especiales para trabajadores minusválidos:
ð Para
la Formación de Trabajadores Minusválidos.
ð En prácticas para minusválidos.
ð Acogida al Fomento del Empleo.
ð Para el Fomento de Contratación Indefinida.
Ÿ Cupo
de reserva no inferior al 5% de las vacantes:
Obligaciones de las Administraciones Públicas en la contratación de personas
con minusvalía. Según Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se
regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las
personas con discapacidad.
Ÿ Cupo
no inferior al 2% de las plantilla: Obligaciones
de las empresas en la contratación de personas con discapacidad (empresas
privadas con 50 o más trabajadores fijos).
Ÿ Exención
del Impuesto de Matriculación:
Información en Agencia Tributaria.
Ÿ Exención
del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: (Información Junta Municipal/Ayto.) Siendo el titular del coche la
persona con discapacidad..
Ÿ Familia
numerosa: Si la
familia tiene 2 hijos, y al menos uno de ellos es minusválido o incapacitado; o
que los dos padres tengan discapacidad y tengan 2 hijos sin discapacidad. Tienen
beneficios en: Seguridad Social, laboral, educación, transportes, vivienda,
agua. Información en Centro de SS.SS. o en el Instituto Madrileño del Menor y
la Familia (IMMF).
Ÿ I.R.P.F.:
El Ministerio de
Hacienda permite una deducción a quienes tengan condición legal de persona con
minusvalía en grado igual o superior al 33%.
Ÿ ITV:
En cualquier ITV de
la Comunidad de Madrid, las personas con discapacidad si precisan de adaptación
en el vehículo están exentos del pago de las tasas de dicha inspección (sí
que pagan las revisiones periódicas). Inf: cualquier ITV.
Ÿ IVA:
Aplicación del 4%
en la entrega, adquisición o importación de prótesis, órtesis e implantes
internos que se encuentren directamente relacionados con la discapacidad
reconocida al comprador; asimismo en coches de personas con discapacidad (vehículos
cuya tara no sea superior a 300 kg y velocidad inferior a 40 km/h, según Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, nº 20 del Anexo, así como su
reparación); en sillas de ruedas para uso exclusivo de personas con
discapacidad (así como su reparación).
Ÿ Pensiones
no Contributivas de Jubilación e Invalidez: Debe tener un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Información:
Centro de SS.SS.
Ÿ Prestaciones
Familiares por Hijo a Cargo:
Reciben esta pensión (aunque con diferentes cuantías) aquellos cuyo hijo está
en alguno de estos tres casos:
ð Menores
de 18 años con 33% o más de minusvalía.
ð Mayores de 18 años con 65% o más de minusvalía.
ð Mayores de 18 años con 75% o más de minusvalía y
necesidad de ayuda de otra persona.
La gestiona el INSS o, en
su caso, el Instituto Nacional de la Marina.
Tel. del INSS: 900 16 65 65.
Ÿ Programa
de Ayuda a Domicilio:
FAMMA: casos de Atención Directa y ser menor de 65 años. Centro SS.SS.
Ÿ Programa
de Formación Profesional Ocupacional de Minusválidos: En colaboración con el Fondo Social Europeo. Información
en INEM y Centros Base.
Ÿ Programa
de Termalismo Social:
Siendo pensionista de Invalidez. Inf. IMSERSO.
Ÿ Programa
de Vacaciones para Personas con Minusvalía: Para discapacitados físicos dirigirse a COCEMFE (Eugenio Salazar, 2.
Tel: 91 413 80 01).
Ÿ Programas
de Estancias Temporales:
Información en Centro de SS.SS.
Ÿ Quioscos
en la Vía Pública: Periódicos,
Revistas, Flores, Cupón ONCE, etc.
Ÿ Reserva
de aparcamiento:
Placa, una vez gestionada la tarjeta de aparcamiento. Información en Ayto.
Ÿ Residencia
COCEMFE: Plazas
privadas y concertadas con la Comunidad de Madrid y con el IMSERSO.
Ÿ Servicio
de Mensajería MRW:
Ofrece un servicio gratuito mensual para minusválidos del Servicio Urgente 10,
tanto a nivel nacional, como provisional o urbano y/o del Servicio de Mascotas.
Gratuito hasta 5 kilos dentro de la península (teniendo que abonar la
diferencia), gratuito hasta 2 kilos fuera de la península. Información en el
teléfono 902 30 04 00.
Ÿ Tarjeta
Dorada de RENFE:
Descuentos en trenes de Cercanías y en las Grandes Líneas, a partir del 65%.
Información en cualquier taquilla de RENFE.
Ÿ Tarjeta
especial de aparcamiento: Para
afectados en el aparato locomotor y graves problemas de deambulación, se
necesita para ello el Dictamen Técnico Facultativo emitido por la Comunidad de
Madrid, en el que conste el baremo de movilidad: dicho documento lo otorga el
Centro Base.
Ÿ Trabajo
Autónomo:
Información en INEM.
Ÿ Tratamientos
Directos:
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Fisioterapia
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Logopedia
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Psicomotricidad
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Atención
Precoz |
Psicoterapia
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C.
Base I |
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SI
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SI
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SI
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SI
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C.
Base II |
SI
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SI
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SI
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C.
Base III |
SI
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SI
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SI
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SI
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SI
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C.
Base IV |
SI
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SI
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SI
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NO
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SI
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C.
Base V |
SI
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SI
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SI
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SI
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NO
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C.
Base VI |
SI
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SI
|
SI
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SI
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SI
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C.
Base VII |
NO
|
NO
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NO
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NO
|
NO
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C.
Base VIII |
NO
|
NO
|
NO
|
NO
|
NO
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Ÿ Vivienda:
ð La
Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) convoca periódicamente compra y alquiler
de viviendas, la forma de otorgarlas es por baremación, el hecho de tener una
minusvalía se barema.
ð La Dirección General de Arquitectura y Vivienda (PROVIVIENDA),
también convoca viviendas, para colectivos con necesidades especiales (entre
ellos los discapacitados) se reserva un 50%.
- Para
cualquier duda
Dirección de Asuntos
Sociales de FAMMA:
Tel: 91 593 35 50 / 91 447 54 99 (Tel. de Servicio de Información al
Discapacitado).
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Son
consideradas familias numerosas: o
o
Aquellas
que tienen 3 hijos/as o más. o
o
Una
familia con dos hijos/as, si un/a tiene discapacidad. o
o
Aquellas
familias con dos hijos/as, en la que ambos progenitores sean minusválidos
o tengan incapacidad absoluta para el trabajo. Los beneficios a que se tiene derecho actualmente por
formar parte de una familia numerosa son: descuentos en matriculas,
puntos para matricula en los colegios, descuento en libros editados por
el Estado, Bonificación en billetes de Renfe, Iberia y compañías de
transporte por carretera, disminución del recibo del agua. La documentación
hay que presentarla en la D.G.A., en la C/ Supervía 27. |
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Documentación |
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4 Libro de
familia. |
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4
Dos fotografías de la Unidad Familiar completa (6X8), |
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4
DNI del padre y de la madre, |
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4
Fotocopia de la Calificación de Minusvalía (cuando sea el caso) |
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èLo primero
de todo es:
èAyuda económica: la DGA a través del
IASS, convoca anualmente las Ayudas de carácter individual para
personas con discapacidad, entre las que están la adquisición de vehículos
a motory adaptación de vehículos a motor).
Se solicitan en el IASS y
el plazo de presentación es de un mes. Hay que rellenar la Solicitud y
acompañarla de la siguiente documentación. |
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Documentación |
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4 Fotocopia del D.N.I. y N.I.F. del solicitante, o la fotocopia del
Libro de Familia actualizado, si
el solicitante es menor: fotocopia |
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4 Presupuesto que justifique el coste de la actividad a realizar. |
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4 Documentación acreditativa de los ingresos correspondientes al año
en curso (nóminas, certificación de empresa, estimación de
rendimiento, etc). |
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4 Cualquier otro documento que se considere oportuno. |
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èExención del IMPUESTO ESPECIAL SOBRE
DETERMINADOS Una vez elegido el coche y haberlo pagado, con: la Ficha Técnica
del vehículo, DNI y NIF (de la persona con minusvalía) y el
Certificado de Minusvalía (original y fotocopia), hay que ir al
Departamento del IVA de HACIENDA y rellenar el Impreso de solicitud de
"NO sujeción y exención del Impuesto Especial sobre determinados
medios de transporte" La contestación suele tardar entre dos y cuatro días y
normalmente es afirmativa. Con la respuesta afirmativa ya se puede
matricular el coche. |
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èLOS MINUSVÁLIDOS CAPACITADOS Se solicita por escrito en el Registro General de Ayuntamiento,
indicando las características del vehículo, su matricula y la causa
del beneficio, acompañando Fotocopia del Permiso de Circulación,
fotocopia del Certificado de Características, fotocopia del carnet de
conducir (anverso y reverso), fotocopia de calificación legal de
Minusvalía. |
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Se llaman ayudas técnicas a todos aquellos productos,
instrumentos, equipos o sistemas técnicos utilizados por una persona
con discapacidad, fabricados especialmente o disponibles en el mercado,
para prevenir, compensar, mitigar o neutralizar una deficiencia,
discapacidad o minusvalía. Son ayudas técnicas tanto una silla de ruedas, como un coche
adaptado, ordenadores, adaptaciones de acceso al ordenador, determinados
utensilios de cocina, etc... Cómo se consiguen las ayudas técnicas: o
o
a
través del INSALUD: hay un catálogo de prestaciones ortoprotésicas,
al que pueden recurrir para saber a qué se tiene derecho, en que
condiciones y cómo se solicitan. o
o
a
través de otros regímenes específicos de personal funcionario como
MUFACE, ISFAS. o
o
a
través de la convocatoria de ayudas de carácter individual para
personas discapacitadas del IASS. o
o
a
través de otras entidades: ONCE, Fundación ONCE.... |
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q
q Prestación familiar no
contributiva por hijo minusválido |
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Pueden beneficiarse de
ellas quienes tengan hijos menores de 18 años o mayores discapacitados
en un grado igual o superior al 65% de minusvalía que cumplan los
siguientes requisitos: o
o
residir
legalmente en territorio español, o
o
no
tener derecho ni el padre, ni la madre, a prestaciones familiares en
cualquier otro régimen público ni una prestación similar de carácter
contributivo. La cuantía varia según la edad y el grado de afectación
de la minusvalía. Las cantidades actualizadas cada año pueden
encontrarse en: http://www.seg-social.es/inss/prestaciones/docs/prestac.economica.html |
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q
q Pensión
no contributiva de invalidez |
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Información: http://www.seg-social.es/imserso/discapacidad/docs/i0_dispnc00.html#actualización |