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Centros Colaboradores Según dispone el artículo 9 de la Orden 3890/2008, de 31 de julio, que regula la estructura de la red de formación, los Centros Territoriales de Innovación y Formación contarán con centros colaboradores que facilitarán los espacios y medios necesarios para la realización de actividades de formación. Estos centros serán centros docentes, preferentemente institutos de Educación Secundaria, y deberán contar, entre otros requisitos, con el acuerdo favorable del claustro y del consejo escolar. Los centros colaboradores con los que cuenta el Centro Territorial de Innovación y Formación "Madrid-Oeste" son:
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