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INFORMACIÓN GENERAL La normativa que regula en la Comunidad de Madrid la prueba de certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial es la Orden 2318/2008. ¿Qué es necesario para acceder a su realización? Para realizar la prueba específica de certificación del nivel básico, intermedio o avanzado será necesario cumplir uno de los siguientes requisitos: • Tener cumplidos dieciséis años en el año natural en el que se celebre la misma yhaberse matriculado para realizar dicha prueba específica en la correspondiente convocatoria. • Estar matriculado en el último curso del nivel de idiomas correspondiente en una de la EEOOII de la Comunidad de Madrid. No es necesario estar en posesión de un certificado de nivel inferior para inscribirse en el certificado de nivel intermedio o en el de nivel avanzado. La inscripción se hará para un único certificado de las enseñanzas por idioma y convocatoria. Inscripción, distribución y matriculación Los alumnos de la modalidad presencial que cursen las enseñanzas en el último curso de cada nivel, en cualquier idioma de los impartidos en las EEOOII, tendrán derecho a la realización de la correspondiente prueba de certificación sin tener que inscribirse ni formalizar matrícula para la prueba. Estos alumnos realizarán la prueba de certificación en la EOI donde cursen las enseñanzas de idiomas. La Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales establecerá anualmente el proceso de inscripción, distribución y matriculación de los alumnos que deseen obtener los certificados de idiomas no incluidos en el párrafo anterior (alumnos libres y modalidad a distancia). ¿Cómo es? Para los tres certificados, la prueba constará de cuatro partes independientes: − Comprensión de lectura − Comprensión oral − Expresión escrita − Expresión oral Características de las partes Comprensión de lectura Las tareas de esta parte medirán la lectura intensiva (comprensión global, de ideas principales, secundarias y de detalles) y la extensiva-selectiva. Constará de cuatro tareas, cada una con un objetivo diferente de comprensión. Para cada tarea se alternarán los tipos de texto y los tipos de actividad concreta con que se mide la comprensión. Los textos escritos utilizados como soporte para las tareas serán auténticos, adaptados cuando y como se considere pertinente, de tipología diversa y procedentes de fuentes tales como prensa, Internet, publicaciones de instituciones oficiales o entidades públicas o privadas, comerciales, etc. Comprensión oral Las tareas de esta parte medirán la comprensión global, la de ideas principales, la de ideas secundarias y la de detalles. Constará de tres tareas, cada una con un objetivo diferente de comprensión. Para cada tarea se alternarán los tipos de texto y los tipos de actividad concreta con que se mide la comprensión. Los textos orales utilizados como soporte para las tareas serán auténticos o verosímiles, adaptados cuando y como se considere pertinente, de tipología diversa y procedentes de fuentes tales como la radio, la televisión, grabaciones no comerciales, etc. Dependiendo de las tareas, los textos se escucharán, como máximo, dos veces. Expresión escrita Constará de dos tareas. Los candidatos deberán realizar uno o más escritos de diversa tipología y longitud por cada tarea. La evaluación se realizará a partir de tareas en las que se propongan situaciones auténticas o verosímiles, de interacción o de expresión, claramente contextualizadas. Expresión oral Constará de dos tareas. Esta parte se realizará en parejas o en grupos de tres alumnos. La evaluación se realizará a partir de tareas en las que se propongan situaciones auténticas o verosímiles de interacción con otras personas y de exposición, con o sin apoyo visual, claramente contextualizadas. Evaluación La evaluación de las enseñanzas de los Niveles Básico, Intermedio y Avanzado se realizará teniendo como referente los objetivos, contenidos y criterios de evaluación establecidos en los currículos de los niveles respectivos y que aparecen recogidos en el Decreto 31/2007 y en el Decreto 98/2008, teniendo como referencia los niveles A2, B1 y B2, respectivamente, del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas (MCER) del Consejo de Europa. Duración La prueba de Certificado de Nivel Básico tiene una duración aproximada de 2 h 40 minutos. La prueba de Certificado de Nivel Intermedio tiene una duración aproximada de 3 h 30 minutos. La prueba de Certificado de Nivel Avanzado tiene una duración aproximada de 4 h. La aplicación y el orden Las partes que miden la comprensión de lectura, la comprensión oral y la expresión escrita se aplicarán en una única sesión y en ese mismo orden. La parte que mide la expresión oral se efectuará en otra sesión distinta. Cada parte se realizará de modo independiente, sin agrupamiento en bloques (escrito/oral) y sin establecer partes eliminatorias. Todos los candidatos podrán acceder a todas y cada una de las partes sin que la superación de cualquiera de ellas sea requisito indispensable para poder realizar las restantes. Puntuación y superación de las partes y de la prueba en su totalidad La puntuación total de la prueba será de 100 puntos y la de cada parte, 25 puntos. Para superar cada parte la puntuación mínima requerida será de 15 puntos. Para superar la prueba en su totalidad —y obtener así el certificado correspondiente— será necesario haber superado las cuatro partes que constituyen la prueba. Calificaciones Para obtener la calificación final de “apto” y el correspondiente certificado será necesario haber realizado y superado la totalidad de las cuatro partes que constituyen la prueba y haber obtenido una puntuación mínima de 60 puntos. En la información que se facilitará a los alumnos sobre el resultado de la prueba figurará la puntuación numérica de cada una de las partes y la puntuación global final. Convocatorias La Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales convocará la prueba de certificación para cada uno de los niveles de estas enseñanzas. En la convocatoria de certificación se incluirá el periodo y calendario de matriculación, la fecha y el lugar de realización de la prueba así como los idiomas objeto de la misma. Derecho a reclamar En el supuesto de que exista desacuerdo con la calificación final, el alumno o sus representantes legales podrán solicitar por escrito la revisión de dicha calificación en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación de los resultados. El procedimiento de reclamación será el establecido en el artículo 23 de la Orden 2318/2008.
Adaptación a personas con discapacidades Las pruebas de certificación se adaptarán a las necesidades especiales de aquellos alumnos que presenten algún tipo de discapacidad física o sensorial. Las medidas para su adaptación se basarán en principios de igualdad de oportunidades, de no discriminación y de compensación de desventajas según la legislación vigente. Las discapacidades a las que se refiere el apartado anterior comprenderán la discapacidad visual, parcial o total, y algunos grados de discapacidad motriz o de hipoacusia. Los alumnos que necesiten condiciones especiales para la realización de la prueba deberán justificarlo en el momento de la formalización de la matrícula mediante certificado oficial de su minusvalía y del grado de la misma.
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