Escuela Oficial de Idiomas de Boadilla del Monte

c/ Victoria Eugenia de Battenberg, 10 28660 - Tfno. 91 632 27 33 Fax 91 632 27 91

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PLAZO DE PREINSCRIPCIÓN.

Para el próximo curso (2012-2013) se abrirá el plazo de inscripción el 23 de Abril al 11 de Mayo.

Solicitud de Preinscripción  e Instrucciones para rellenar la preinscripción.

Requisitos necesarios para ser alumno

  • Tener 16 años cumplidos en el año natural en que se comiencen los estudios.
  • Los mayores de 14 años que hayan superado 2º de la ESO podrán acceder a las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria. Obligatoria. Deberán presentar certificado de haber superado 2º de la ESO.
  • Los alumnos extranjeros no comunitarios deberán estar en posesión de la tarjeta de residente.

Personas que NO tienen que someterse al proceso de preinscripción

Todos aquellos que hayan sido alumnos oficiales de la E.O.I. durante el presente curso y que no hayan perdido la condición de alumno oficial para el idioma en el que están matriculados.

PRUEBA DE CLASIFICACIÓN (prueba de nivel)

Aquellas personas que no deseen entrar en el curso Básico 1, podrán solicitar en el impreso de solicitud, realizar una prueba de nivel para determinar el curso al que accederían. La realización de esta prueba no implica haber obtenido plaza.

  • Importe 19 € (precio aprobado en B.O.C.M. de 8 de Enero de 2010) Su pago se puede realizar mediante el Modelo 030

  • Beneficiarios del carné de Familia numerosa General: 9,50 Euros

  • Están exentos de pago de las tasas, los beneficiarios del carné de Familia Numerosa Especial, así como las víctimas de terrorismo, su cónyuge e hijos.

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Procedimiento

  • Se entregará en Secretaría el impreso de preinscripción debidamente formalizado POR DUPLICADO , acompañado de la documentación acreditativa del baremo (y del resguardo del pago de la prueba de nivel, en su caso)

  • En caso de solicitar plaza para más de un idioma, se cumplimentarán 2 o 3 preinscripciones, de primer, segundo y tercer idioma, marcando a qué idioma opta en primer lugar.

  • Cuando se presente más de una solicitud para un mismo idioma, no se considerará ninguna de ellas.

  • No se admitirán solicitudes de alumnos extranjeros que quieran cursar estudios de su lengua materna.

  1. LISTAS DE SOLICITANTES:

Se publicarán los listados de solicitudes ordenados por puntuación el día que se indique a tal efecto (22 de mayo de 2012)

. La baremación se regirá por la acreditación de los siguientes criterios:

  • Situación de desempleo de larga duración (con Certificado del INEM donde conste la duración de su situación -mínimo un año-)

  • Situación académica (Título que se alegue y libro de Bachillerato y, en su caso, certificación del Centro Educativo en el que esté inscrito, debiendo constar el idioma que cursa o cursó como primero o segundo)

  • Condición de familia numerosa (Carné de Familia Numerosa en vigor)

  • Condición de funcionario docente (Certificado del Director del Centro en el que presta servicios o del Director de la D.A.T.)

  • Discapacidad (Certificado del tipo y grado de discapacidad expedido por el Instituto de Servicios Sociales)

  • Mayoría de edad (con fotocopia DNI o Pasaporte)

  • Altas capacidades intelectuales:

    • Resolución expedida por la Dirección General de Promoción Educativa de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se autoriza la flexibilización del período de escolarización obligatoria.

    • Informe del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o del Departamento de Orientación del Centro en el que se acredite su condición de sobredotación intelectual.

En caso de empate a puntos, el orden de solicitudes de determinará alfabéticamente a partir de la primera letra del primer apellido sin contar preposiciones o artículos, que se determinará mediante letra establecida para el año en curso por la resolución de la Dirección General de la Función Pública.

  1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA EL BAREMO

    Toda la puntuación que se alegue mediante fotocopias, deberá acreditarse con documentación original o estar dichas fotocopias debidamente compulsadas
    . No se admitirán méritos que se aleguen con posterioridad al plazo de preinscripción.

 

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ANULACIÓN O RENUNCIA

  • Renuncia : 

- Se solicita en mediante impreso disponible en Consejería.

- El plazo para solicitar la renuncia es de 30 días después de iniciado el curso. 

- Si deseara continuar los estudios el curso siguiente deberá solicitar plaza de nuevo.

- Esta renuncia se hará constar en su expediente académico.

- La matrícula no contabilizará a efectos de permanencia en un curso.

- La Consejería de Educación no contempla la devolución de las tasas académicas.

 

  • Anulación de matrícula: 

- Se solicita al Director mediante impreso disponible el Conserjería,  acompañado del justificante  que motiva la anulación.

- Puede solicitarse hasta 30 días antes de la finalización del curso escolar, por motivos tales como bajas médicas de larga duración, motivos laborales o académicos, incompatibilidad horaria,  u otros motivos similares.

- Puede solicitarse una sola vez a lo largo de los 3 niveles (Básico, Intermedio y Avanzado).

- Se reserva la plaza para el curso siguiente.  Esta matrícula no contabiliza para la permanencia en los cursos.

- La Consejería de Educación no contempla la devolución de las tasas académicas.

- La Escuela comunicará la concesión o la denegación de la anulación de la matrícula.