|
|
|
CENTROS DE PRIMARIA ADSCRITOS AL IES. ATENEA A EFECTOS DE ESCOLARIZACIÓN PARA EL CURSO 2007-2008 Última actualización: 22 de noviembre de 2006 C.P. Emperador Fernando Asimismo se comunica que las zonas de influencia y limítrofes a efectos de baremación del criterio de proximidad al domicilio son las que se indican a continuación: Zona de influencia: 1
RESUMEN DE ACTUACIONES Y CALENDARIO PARA EL PROCESO DE RESERVA DE PLAZA PARA EL CURSO 2005-2006
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES RELATIVAS A LA RESERVA DE PLAZA PARA EL CURSO ESCOLAR 2002/2003 EN CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS.
La Orden Ministerial de 26 de marzo de 1997 (BOE 1-04-97), por la que se regula el procedimiento para la elección de centro educativo y la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, de Educación Primaria y Educación Secundaria, desarrolla el Real Decreto 386/1997 de 14 de marzo (BOE 15-03-97), por el que se establece el régimen de elección de centro educativo. Dicha Orden incluye los diferentes aspectos vinculados al proceso completo de elección de centro y admisión de alumnos. Hasta tanto la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid no finalice la elaboración de normativa propia en esta materia, es de aplicación, con carácter supletorio, la citada regulación establecida al respecto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Con carácter previo al proceso de admisión de alumnos propiamente dicho, es necesario regular el procedimiento de reserva de plaza en los centros de Educación Primaria y de Educación Secundaria de aquellos alumnos que vayan a finalizar su escolarización en centros de Educación Infantil (Casas de Niños y Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo) y de Educación Primaria sostenidos con fondos públicos y que están adscritos a aquellos a efectos de escolarización. Igualmente, se hace necesario ordenar el proceso de reserva de plaza de los alumnos que están escolarizados en Casas de Niños y Escuelas de Educación Infantil de Primer y Segundo Ciclo y desean permanecer escolarizados en dichos centros durante el curso 2002/2003. Por ello, y con el fin de facilitar la realización de dichos procesos de reserva de plaza, la Dirección General de Centros Docentes dicta las siguientes Instrucciones:
PRIMERA.- Ámbito de aplicación. Las presentes Instrucciones serán de aplicación en los niveles y enseñanzas sostenidas con fondos públicos impartidas en las Casas de Niños, Escuelas y Centros de Educación Infantil de Primer y Segundo Ciclo, Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo, centros de Educación Primaria y centros de Educación Secundaria situados en la Comunidad de Madrid. Los centros que soliciten el acceso al régimen de conciertos educativos para el curso 2002/2003 deberán acomodar el contenido de las presentes Instrucciones a la resolución de los citados conciertos.
SEGUNDA.- lnformación a las familias. Los centros incluidos en el ámbito de aplicación de estas Instrucciones deberán publicar en sus respectivos tablones de anuncios, la zona o zonas de influencia que les corresponden y, en su caso, la adscripción de centros a efectos de escolarización. Dicha información se publicará a partir del 18 de febrero de 2002 y permanecerá expuesta hasta la finalización del presente curso escolar 2001/2002.
TERCERA.- Reserva de plaza en Escuelas de primer y segundo ciclo de Educación Infantil y en Casas de Niños a los efectos de continuidad en el mismo centro durante el curso 2002/2003. Una vez concluidos los procesos de reordenación de la Red de Escuelas de primer y segundo ciclo de Educación Infantil, de acuerdo con las Instrucciones, de 10 de octubre de 2001, de la Dirección General de Centros Docentes por las que se regula el procedimiento y calendario de actuaciones para llevar a cabo la reordenación de la red de centros públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial para el curso 2002/2003, la Dirección de Área Territorial comunicará a los centros la composición de unidades de cada uno de los ciclos de Educación Infantil. Esta información se hará pública a las familias con anterioridad al 31 de enero de 2001. Con el fin de facilitar la planificación de la oferta educativa, los padres o tutores de los niños matriculados durante el curso escolar 2001/2002 en las Escuelas de Educación Infantil de primer y segundo ciclo y en las Casas de Niños presentarán en su propio centro, antes del 21 de febrero de 2002, la solicitud de reserva de plaza para el curso 2002/2003, utilizando para ello el modelo recogido en los Anexos I y II, respectivamente, de las presentes Instrucciones. Una vez concluido el proceso de reserva de plaza, las Direcciones de los centros realizarán la propuesta de vacantes, teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) Las ratios establecidas en el articulo 5 del Decreto 60/2000, de 6 de abril, por el que se crean, se suprimen y se cambia la titularidad de Escuelas de Educación Infantil de primer y segundo ciclo de la Comunidad de Madrid y se establece la capacidad máxima de alumnos por aula. b) Los niveles educativos que atenderá el centro, una vez resuelto el proceso de reordenación de la red de centros públicos de educación infantil regulado por las Instrucciones de la Dirección General de Centros Docentes de 10 de octubre de 2001. c) En el caso de centros que modifiquen el rango de las edades atendidas con referencia al ofertado el curso anterior, en virtud de la reordenación de centros, podrá admitirse, de manera excepcional, y únicamente para el curso escolar 2002/2003, reserva de plaza de alumnos para continuar cursando segundo ciclo de Educación Infantil en el centro. En el caso de los centros de titularidad municipal o de otras Instituciones, la oferta de vacantes será establecida por el titular, a propuesta de la Dirección del centro y remitida a la Dirección de Área Territorial antes del 27 de febrero de 2002. En el caso de centros de titularidad de la Comunidad de Madrid, la Dirección de los centros remitirá dicha propuesta a la Dirección de Área Territorial correspondiente en el plazo indicado anteriormente. Una vez analizadas dichas propuestas por la Dirección de Área Territorial, ésta comunicará a los centros, antes del 12 de marzo de 2002, las consideraciones oportunas sobre la propuesta de vacantes a fin de que, en su caso, se realicen los ajustes necesarios. Las vacantes definitivas se harán públicas en el tablón de anuncios de cada centro, de acuerdo con el modelo oficial utilizado al efecto, el primer día del período de admisión para las solicitudes de nuevo ingreso.
CUARTA.- Reserva de plaza en centros de Educación Primaria 4ª.1.- Actuaciones de las Casas de Niños y Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo. En aquellos casos en los que se haya optado por un sistema de adscripción única, la Dirección de las Casas de Niños y las Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo a las que se refieren, en su Instrucción Quinta apartado A), las Instrucciones de 10 de octubre de 2001 de la Dirección General de Centros Docentes para la delimitación de zonas de influencia y para la adscripción de los centros educativos sostenidos con fondos públicos a efectos de escolarización para el curso 2002/2003, facilitarán a los centros de Educación Primaria a los que estén adscritos, antes del 1 de marzo de 2002, la relación alfabética de los alumnos que finalizarán su escolarización en el centro al término del curso escolar 2001/2002. Dicha información se facilitará preferentemente en soporte informático, con indicación de nombre, apellidos, año de nacimiento y curso de cada uno de los alumnos. En los supuestos de adscripción múltiple, las Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo informarán a los padres de los alumnos que finalizan su escolarización en el centro la relación de los centros de Educación Primaria a los que su centro está adscrito. Asimismo les facilitarán a partir del día 18 de febrero de 2002 el impreso, según modelo establecido en el Anexo III, para su cumplimentación aI objeto de que las familias puedan indicar el orden de prioridad en que solicitan reserva de plaza en los centros adscritos. Dicho impreso cumplimentado y los documentos que en él se detallan, deberán ser entregados en el centro en el que está actualmente matriculado el alumno antes del día 26 de febrero de 2002. Las Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo harán entrega a cada uno de los centros de Educación Primaria a los que estén adscritos, antes del día 28 de febrero de 2002, de la documentación correspondiente de los alumnos que lo solicitan en primer lugar, junto con la relación nominal de los mismos.
4ª.2.- Actuaciones de los centros de Educación Primaria. En los casos en los que se haya optado por un sistema de adscripción única, los centros de Educación Primaria elaborarán, a partir de la información recibida de las Casas de Niños y Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo, la relación de alumnos con derecho a reserva de plaza y se expondrá en el Tablón de Anuncios del centro. Igualmente, elaborarán las notificaciones de reserva de plaza de los alumnos y las remitirán a dichos centros según el modelo recogido en el Anexo IV, antes del día 7 de marzo de 2002, para su posterior entrega a las familias. En los supuestos de adscripción múltiple, para establecer la relación de alumnos que obtienen reserva de plaza en centros de Educación Primaria, cada Consejo Escolar realizará la adjudicación de sus plazas vacantes de acuerdo con el baremo establecido en la Orden ministerial de 26 de marzo de 1997 (BOE 1-04-1997), por la que se regula el procedimiento para la elección de centro educativo y la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria. Esta actuación deberá realizarse antes del día 7 de marzo de 2002. El Director del Área Territorial correspondiente designará a uno de los directores de los centros de Educación Primaria que se encuentren en este supuesto o, en su caso, a un Inspector de Educación, para que coordine las actuaciones necesarias y, si fuera preciso, convoque a todos los directores afectados con el objeto de asignar la reserva de plaza, según el orden de prioridad señalado por los padres o tutores, recurriendo, si fuera necesario, a los restos de plazas disponibles en cualquiera de los centros. Estas reuniones se celebrarán el día 11 de marzo de 2002. Las listas provisionales completas de adjudicación de reserva de plaza se publicarán en los tablones de anuncios de los respectivos centros el día 12 de marzo de 2002, para que en el plazo de 3 días hábiles (13,14 y 15 de marzo de 2002) puedan realizarse las reclamaciones oportunas, publicándose las listas definitivas el día 20 de marzo de 2002. Cada centro de Educación Primaria entregará el día 21 de marzo de 2002 a las Casas de Niños y Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo adscritas las notificaciones de reserva de plaza, para su posterior entrega a las familias, conforme al modelo establecido en el Anexo IV, junto con la documentación que haya sido aportada, al efecto de que los padres puedan recuperarla si así lo desean. De toda esta documentación quedará copia en los centros de Educación Primaria.
QUINTA.- Reserva de plaza en centros de Educación Secundaria 5ª.1.- Actuaciones de los centros de Educación Primaria En los casos en los que se haya optado por un sistema de adscripción única, los centros de Educación Primaria facilitarán a los centros de Educación Secundaria a los que estén adscritos, antes del día 1 de marzo de 2002, la relación alfabética, por curso y grupo, de los alumnos comprendidos en los siguientes supuestos. a) Alumnos que finalizan Sexto curso de Educación Primaria en aquellos centros que en el presente curso escolar 2001/2002 ya no imparten el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. b) Alumnos que finalizan Sexto curso de Educación Primaria, Primer y Segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria en aquellos centros que está previsto que para el próximo curso 2002/2003 dejen de impartir por primera vez el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. Dicha información se facilitará preferentemente en soporte informático, con indicación de nombre, apellidos y curso de cada uno de los alumnos. En los supuestos de adscripción múltiple, los centros de Educación Primaria informarán a los padres de los alumnos que finalizarán sus estudios en el centro la relación de centros de Educación Secundaria a los que su colegio está adscrito. Asimismo les facilitarán a partir del día 18 de febrero de 2002 el impreso recogido en el Anexo III para su cumplimentación al objeto de que las familias puedan indicar el orden de prioridad en que solicitan reserva de plaza en los centros adscritos. Dicho impreso cumplimentado y los documentos que en él se detallan, deberán ser entregados en el centro de Educación Primaria antes del día 26 de febrero de 2002. Los centros de Educación Primaria harán entrega a cada uno de los centros de Educación Secundaria a los que estén adscritos, antes del día 28 de febrero de 2002, de la documentación correspondiente a los alumnos que lo solicitan en primer lugar, junto con la relación nominal de los mismos.
5ª.2.- Actuaciones de los centros de Educación Secundaria. En aquellos casos en los que se haya optado por un sistema de adscripción única, los centros de Educación Secundaria elaborarán, a partir de la información recibida de los centros de Educación Primaria, la relación de alumnos con derecho a reserva de plaza y lo expondrán en el Tablón de Anuncios del centro. Igualmente, elaborarán las notificaciones de reserva de plaza de los alumnos y las remitirán a dichos centros según el modelo recogido en el Anexo IV, antes del día 7 de marzo de 2002, para su posterior entrega a las familias. En los supuestos de adscripción múltiple, para establecer la relación de alumnos que obtienen reserva de plaza en centros de Educación Secundaria, cada Consejo Escolar realizará la adjudicación de sus plazas vacantes de acuerdo con el baremo establecido en la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1997 (BOE 1-04-1997), por la que se regula el procedimiento para la elección de centro educativo y la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria. Esta actuación deberá realizarse antes del día 7 de marzo de 2002. El Director del Área Territorial correspondiente designará a uno de los directores de los centros de Educación Secundaria que se encuentren en este supuesto o, en su caso, a un Inspector de Educación, para que coordine las actuaciones necesarias y, si fuera preciso, convoque a todos los directores afectados con el objeto de asignar la reserva de plaza, según el orden de prioridad señalado por los padres o tutores, recurriendo, si fuera necesario, a los restos de plazas disponibles en cualquiera de los centros. Estas reuniones se celebrarán el día 11 de marzo de 2002. Las listas provisionales con la adjudicación de reserva de plaza se publicarán en los tablones de anuncios de los respectivos centros el día 12 de marzo de 2002, para que en el plazo de 3 días hábiles (13, 14 y 15 de marzo de 2002) puedan realizarse las reclamaciones oportunas, publicándose las listas definitivas el día 20 de marzo de 2002. Cada centro de Educación Secundaria entregará a los centros de Educación Primaria adscritos, el día 21 de marzo de 2002, las notificaciones de reserva de plaza, conforme al modelo establecido en el Anexo IV, para su posterior entrega a los interesados, junto con la documentación que haya sido aportada, al efecto de que las familias puedan recuperarla si así lo desean. De toda esta documentación quedará copia en los centros de Educación Secundaria.
SEXTA.- Entrega de las notificaciones de reserva de plaza. Una vez recibidas, las Casas de Niños, Escuelas de Educación Infantil de Segundo Ciclo de Educación Infantil y centros de Educación Primaria entregarán las certificaciones de reserva de plaza a los padres o tutores antes del día 3 de abril de 2002.
Madrid, 5 de diciembre de 2001 |