El I.E.S. Ciudad Escolar es un Instituto de carácter público, adscrito a la Dirección de Área Territorial de Madrid-Capital, de la Comunidad de Madrid. Por tanto, el proceso para admitir alumnos se ajusta a lo que establece la legislación vigente y las instrucciones que dicta la Comunidad de Madrid en su ejecución.
A nivel estatal son la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Capítulo V del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la Ordenación General de la Formación Profesional del sistema educativo, las que determinan las normas a las que deben acogerse los procesos de Admisión de alumnos para cursar Ciclos Formativos de Formación Profesional.
En el ámbito de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, estas normas se ven completadas por la siguiente normativa:
Admisión a Ciclos de Grado Medio: Orden 2354/2007, de 10 de Mayo.
Admisión a Ciclos de Grado Superior: Orden 1910/2001, de 21 de Mayo.
El periodo para solicitar ser admitido en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid lo establece la Administración autonómica de forma anual.
Es un proceso único e igual para toda la Comunidad: se ha de presentar una ÚNICA SOLICITUD, en la que se relacionarán todas las opciones e institutos de interés, y se entregará en el Instituto que aparezca como primera opción para cursar estudios.
En el momento en que se publiquen las instrucciones relativas a la admisión para el curso escolar 2009/2010 lo anunciaremos en la Sección Tablón de Anuncios.
También recomendamos consultar la Sección de Admisión y Pruebas de la página de Formación Profesional de la Comunidad, en donde se cuelga toda la información referente al proceso, así como los impresos necesarios.
Para acceder a los Ciclos Formativos de Grado Medio es necesario estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
También se puede acceder si se cumple alguno de los siguientes requisitos:
Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria.
Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar.
Estar en posesión del título de Técnico.
Haber superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente.
Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
Para quienes no reúnan ninguno de los requisitos anteriores existe la posibilidad de superar una Prueba de Acceso: estarán exentos de esta prueba quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, como establece el art. 6.3 de la Orden 4879/2008, de 21 de octubre, de la Consejería de Educación.
Para acceder a los Ciclos Formativos de Grado Superior es necesario estar en posesión del título de Bachiller establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
También se puede acceder si se cumple alguno de los siguientes requisitos:
Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario (C.O.U.).
Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
Para quienes no reúnan ninguno de los requisitos anteriores existe la posibilidad de superar una Prueba de Acceso: estarán exentos de esta prueba quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, como establece el art. 6.3 de la Orden 4879/2008, de 21 de octubre, de la Consejería de Educación.