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REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
NORMAS DE CONVIVENCIA I Normas de funcionamiento de carácter general. a ) La entrada y salida del alumnado del recinto del Centro se realizará por la puerta del patio y la entrada al edificio principal se realizará por la puerta de acceso a las pistas. b) Las puertas de acceso al Centro se abrirán con 10 minutos de adelanto sobre la hora de entrada por la mañana, 8.30 h. El Centro se cerrará a las 15:15 horas. c) A las 8.40 se cerrará la puerta de entrada al patio del centro. Los alumnos/as que lleguen después de esa hora deberán llamar al portero automático, y pasar por Jefatura de Estudios, para justificar el retraso. d) Salvo en situaciones debidamente justificadas, no se permitirá la entrada del alumno/a al aula una vez iniciada la clase, debiendo dirigirse a Jefatura de Estudios. e) En Jefatura de Estudios, al alumno que haya llegado tarde a clase sin justificante, se le entregará un parte de retraso que mostrará después al profesor para poder entrar en el aula. Al día siguiente deberá entregar ese parte firmado por su padre/madre en Jefatura de Estudios, y permanecerá a séptima hora en la Biblioteca del centro para recuperar el tiempo perdido, el día que se le indique. f) Durante los recreos el alumnado se dirigirá a los patios, cafetería, vestíbulo de la planta semisótano y servicios correspondientes, no pudiendo permanecer en las aulas, ni en pasillos o servicios de otras plantas. g) El alumnado de E.S.O. y Bachillerato, si no es mayor de edad, permanecerá en el Centro durante toda la jornada escolar. Para poder salir del centro antes de finalizar la jornada por alguna causa justificada, es imprescindible que el padre/madre o adulto responsable recoja al alumno/a dentro de las dependencias del Instituto. Se deberá rellenar siempre en Conserjería un parte de salida, firmado por la persona que se responsabiliza del alumno/a, y autorizado por algún componente del Equipo Directivo. h) Durante las horas de clase el alumnado no podrá permanecer en los pasillos, servicios, patios, cafetería o biblioteca. Ningún alumno/a podrá estar en una clase que no sea la propia sin un motivo justificado. i) En los intervalos entre clase y clase el alumnado permanecerá en orden en su aula, salvo que deba trasladarse a otro lugar para recibir otra asignatura, esperando la llegada del profesor y preparando el material necesario para la siguiente clase. j) Los alumnos/as esperarán el comienzo de las clases en su aula, siempre con la puerta abierta hasta la llegada del profesorado. k) En caso de producirse retraso o ausencia por parte del profesor/a, esperarán al profesorado de guardia, quien actuará de acuerdo con las normas impartidas por Jefatura de Estudios. Mientras tanto, deberán comportarse de modo que no molesten al resto de las clases. Si el profesorado de guardia tarda en llegar más de 10 minutos, es obligación del alumnado comunicarlo, a través del delegado/a, a Jefatura de Estudios. l) Los desplazamientos en hora de clase se realizarán de forma ordenada y en silencio para no entorpecer el trabajo de las personas que se encuentren en otras aulas. m) Quedan prohibidos los juegos de azar en todo el recinto del centro excepto con fines didácticos. Queda expresamente prohibido el uso y exhibición de móviles, MP3, y aparatos electrónicos en horario lectivo. n) Las actividades que sean de obligada asistencia se tratarán, a todos los efectos, como horas lectivas. o) No se permite el acceso al Centro de personas ajenas al mismo sin el conocimiento y permiso del personal de Conserjería. Cualquier miembro del personal del instituto podrá solicitar el carné al alumnado. El acceso a las aulas queda restringido a los alumnos/as y a las personas que trabajan en este Centro. p) Queda prohibido el consumo, exhibición y venta de bebidas alcohólicas y tabaco en el Centro, así como el consumo de comida y bebida en las aulas y pasillos. q) Queda prohibido el acceso a las instalaciones del Centro de símbolos que inciten o aludan a actitudes violentas (apologías fascistas, racistas, terroristas, símbolos anticonstitucionales...). r) A través de sus representantes, el alumnado de cada grupo podrá dirigir sugerencias y expresar opiniones según el siguiente orden: profesores, profesor tutor, Junta de Evaluación, Jefatura de Estudios, Dirección y Consejo Escolar. s) El control del aprovechamiento y actitud del alumnado se comunicará en el boletín de calificaciones. Debidamente firmado por los padres o tutor legal, será devuelto al tutor del grupo el resguardo de dicho boletín en el plazo máximo de una semana. La pérdida del boletín de calificaciones implicará la confección de un duplicado que deberá ser recogido personalmente por los padres/tutor del alumno/a. t) Los objetos extraviados se depositarán en Conserjería, y podrán ser retirados por los interesados previa identificación de los mismos. u) Los delegados cerrarán con llave las puertas de las aulas en los períodos de recreo y siempre que el aula quede vacía a causa de un traslado para impartir otra asignatura. v) Es obligatorio traer a clase el material mínimo exigido para el desarrollo normal de la actividad del área que indique el profesor/a. En caso de incumplimiento, el profesor/a rellenará un parte de incidencias al alumno/a, que deberá entregar firmado por su padre/madre en Jefatura de Estudios al día siguiente, y permanecerá a séptima hora el día que se indique. w) Todo alumno/a tiene obligación de identificarse cuando sea requerido por el personal docente y no docente, tanto dentro del Centro como durante las actividades complementarias o de ampliación de currículo promovidas por el Centro. x) El alumnado queda obligado a reparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la ley. II Normas generales de convivencia. La convivencia entre los diferentes miembros de la comunidad escolar del Instituto (profesorado, alumnado, personal de administración y servicios, y padres) exige: a) Respetar el derecho de los demás a trabajar. b) Utilizar un tono correcto en las intervenciones, guardando silencio mientras otra persona está hablando, y evitando los insultos, malos gestos o violencia en nuestras relaciones con los demás, actuando siempre con el máximo respeto. c) Evitar en todo momento actuaciones racistas, sexistas o de discriminación, fomentando la convivencia pacífica y los hábitos de comportamiento democráticos y saludables. d) Respetar las instalaciones, el material del centro y las propiedades de los miembros de la comunidad escolar, así como colaborar activamente en el mantenimiento de la limpieza. e) Respetar las normas de limpieza y seguridad básicas. III Asistencia a clase. a) Al matricularse en el centro, el alumno se compromete a asistir a clase con puntualidad y provecho (art. 35 del RD 732/1995) como consecuencia del derecho fundamental a la educación (art. 27 de la Constitución Española). El ejercicio de este deber es responsabilidad del alumno y sus padres, siendo el tutor y sus profesores los encargados del seguimiento de su asistencia. b) La justificación de las faltas de asistencia se basará en la existencia de motivos objetivos, debidamente concretados, especificados y aclarados, no en el mero conocimiento o consentimiento en ellas de los padres, tutor o el propio alumno en caso de ser mayor de edad. Se utilizará para ello el modelo oficial que se recogerá en conserjería, y se entregará al tutor durante los dos días siguientes después de incorporarse a clase acompañándolo de la documentación necesaria. El Tutor decidirá la admisión o no de dichas justificaciones, informando a Jefatura de Estudios y a los padres del alumno en caso negativo. c) No se admitirá como justificación de las faltas de asistencia a clase la preparación de exámenes ni las "causas personales", “asuntos propios”, “motivos familiares” o similares. d) Las justificaciones por consulta médica deberán ir acompañadas por el justificante médico correspondiente. e) El profesorado controlará diariamente la asistencia a clase del alumnado, cumplimentando los listados de faltas. f) Semanalmente, el tutor entregará el resumen de las faltas de asistencia de su grupo a Jefatura de Estudios, y mensualmente las del alumno/a a sus padres para aclarar cualquier duda o advertir, en su caso, de posibles sanciones. g) Las faltas de asistencia, justificadas e injustificadas, aparecerán en los boletines de notas. h) Tras la realización de una prueba o ejercicio de control de cualquier área, el profesor/a podrá, según su criterio, realizar una prueba análoga al alumno/a que no haya asistido a la misma, siempre que presente justificante con las características citadas en el apartado b). i) La inasistencia a clase de los alumnos por razones generales y comunicadas previamente por la Junta de Delegados con un día, como mínimo, de antelación, no serán objeto de corrección, aunque se registrará la falta. En estos casos, se facilitará la información o documentación al alumno/a que lo solicite para que pueda, por sí mismo, recuperar las clases perdidas. j) Todas las faltas de asistencia no justificadas serán comunicadas a Jefatura de Estudios por el profesor tutor para proceder a su corrección e iniciar, si es necesario, el proceso para prevenir el absentismo escolar. k) Las faltas de asistencia podrán provocar la pérdida del derecho a evaluación continua en Bachillerato según el siguiente cuadro: · Durante el curso: a. Por la acumulación del 30% de faltas de asistencia, justificadas o no, sobre el total de horas anuales de la asignatura. b. Por la acumulación de un número de faltas injustificadas igual al número de horas semanales de la asignatura multiplicado por cuatro. El primer aviso se dará cuando las faltas injustificadas sean igual al número de horas semanales de la asignatura; el segundo aviso se dará cuando las faltas injustificadas sean igual al número de horas de la asignatura multiplicado por tres. · Durante el trimestre : Por la acumulación de un número de faltas injustificadas igual al número de horas semanales de la asignatura multiplicado por tres. El primer aviso se dará cuando las faltas injustificadas sean igual al numero de horas semanales de la asignatura; el segundo aviso se dará cuando las faltas injustificadas sean igual al número de horas semanales de la asignatura multiplicado por dos. l) Es obligación del alumnado que falte por cualquiera de los motivos citados, requerir la información y documentación referida a las clases perdidas, y realizar las tareas encomendadas ese día. IV Normas para la realización de actividades extraescolares y complementarias. a) El Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias solicitará a los departamentos una planificación para todo el curso. En la relación que confeccione cada departamento de sus actividades se concretará lo más posible la fecha de su realización, los grupos para los que se proyectan y si se realizarán dentro o fuera del horario lectivo. b) Las actividades que puedan surgir a lo largo del curso no previstas en la programación deberán ser aprobadas en la C.C.P. c) Las Actividades Complementarias y Extraescolares podrán ser de tres tipos: a. Actividades curriculares: Se realizan dentro del horario escolar, es decir, por la mañana. Al ser parte del currículo de un área las debe realizar todo el grupo. Se requiere el 80 % de participantes para ser realizada. El alumnado que no acude a la actividad, viene al centro y realiza actividades de refuerzo, repaso, ... b. Actividades de ampliación del currículo (sin noche): Se realizan fuera del horario escolar, parcial o totalmente. Se requiere un 80 % del grupo para realizarse, porque también son muy importantes desde el punto de vista didáctico. El alumnado que no las realiza debe asistir al centro y hará actividades de refuerzo o de repaso, cuando coincidan con el horario escolar. c. Actividades de ampliación del currículo (con noche): No habrá porcentaje mínimo para realizarlas. El alumnado que no vaya deberá asistir a clase, pero únicamente se adelantará materia en aquellos casos en que los no participantes superen el 60%. En este caso la clase se desarrollará de manera habitual y los alumnos que estén en la actividad programada se pondrán al día por sus propios medios. d) A lo largo del curso, las actividades programadas por los departamentos deben ser comunicadas al Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias y a Jefatura de Estudios, al menos 15 días antes de su realización, para su exposición en el tablón de actividades de la sala de profesores; también se informará al AMPA de las actividades programadas y sus fechas de realización. e) Las actividades deberán realizarse antes del 31 de mayo. A partir de esta fecha sólo se desarrollarán aquellas que se consideren imprescindibles y previa consulta a la C.C.P. f) Cuando se organicen en el centro actividades que afecten a todos los alumnos/as se suspenderán las clases y las pruebas de evaluación, siempre que sea posible, que coincidan con el desarrollo de las mismas. g) Se considera conveniente que el profesorado que organice una actividad presente al alumnado un esquema o programa para ser cumplimentado en el desarrollo de la misma. h) Se considera necesario que una vez finalizada la actividad el profesorado responsable presente una valoración de la misma en el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares. i) Los profesores deberán facilitar, con 7 días de antelación, a Jefatura de Estudios una relación de los alumnos que no participan en la actividad propuesta a su grupo de clase, para mayor control de su asistencia al centro. j) En las actividades programadas, acompañarán al alumnado un mínimo de dos profesores, y nunca menos de un profesor por cada 20 alumnos. k) En el caso de que en una actividad complementaria o extraescolar programada no participen todos los alumnos del grupo, el profesor/a atenderá a los alumnos del grupo que no hayan acudido, según su horario lectivo. A aquellos alumnos que, al formar parte de un grupo, realicen una actividad complementaria o extraescolar, y pierdan por ello clases, se les facilitará la recuperación. l) Para garantizar la participación, no se llevarán a cabo aquellas actividades de carácter general en cuya organización y compromiso de participación efectiva no hayan respondido adecuadamente los alumnos (80 % participantes). m) El alumnado que se haya comprometido a participar en una actividad no podrá posteriormente negarse a realizarla salvo por causa realmente justificada. En caso contrario deberá asumir las responsabilidades económicas y de cualquier otra índole a que hubiera lugar. n) Se pedirá una autorización firmada por sus padres o tutores a cada alumno que se desplace fuera del centro en una actividad complementaria o extraescolar. Aquellos alumnos que no realicen la actividad deberán traer a su vez un justificante firmado por sus padres o tutores en el que se indique la causa de la no participación. o) Los alumnos deberán mantener en todas las actividades un comportamiento adecuado. Las actividades extraescolares y complementarias tienen el mismo tratamiento en cuanto a las sanciones que las actividades lectivas desarrolladas en el centro. p) Los alumnos que no tengan un comportamiento correcto en el centro o en el desarrollo de actividades extraescolares o complementarias podrán ser sancionados con la pérdida del derecho a participar en este tipo de actividades. q) No se realizarán viajes que no tengan una finalidad didáctica o educativa. r) Las visitas culturales y actividades programadas en los viajes son obligatorias para los participantes. s) Los alumnos no podrán llevar ni consumir bebidas alcohólicas ni otras sustancias nocivas para la salud. t) El incumplimiento de algunas de las normas puede dar lugar a la vuelta anticipada a casa de los alumnos implicados, previo aviso telefónico a los padres. V Paneles de información. - El vestíbulo del centro cuenta con distintos espacios para la exposición pública de información. En los corchos y paredes, cualquier miembro de la comunidad educativa del centro, así como otros organismos o personas, podrá fijar información sobre distintas actividades, sin ánimo de lucro, siempre con el previo conocimiento y autorización de Jefatura de Estudios. - El alumnado dispondrá en cada aula de un tablón de anuncios para fijar información de interés general, previo conocimiento y autorización por parte del tutor del grupo o de alguno de sus profesores.
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