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Derechos y deberes de los padres:
- Los padres o tutores en relación con la educación
de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:
- A que reciban una educación, con la máxima garantía
de calidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución,
en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las
leyes educativas.
- A escoger centro docente tanto público como distinto
de los creados por los poderes públicos.
- A que reciban la formación religiosa y moral que esté
de acuerdo con sus propias convicciones.
- A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración
socio-educativa de sus hijos. Al iniciarse el curso, los padres
recibirán información del horario de clases, nombre
del profesor - tutor y sus horas de visita, fechas previstas
de evaluación y horas de visitas de los miembros del
equipo directivo y orientador. Además recibirán
información periódicamente de la asistencia, rendimiento
y comportamiento de sus hijos, así como de otras cuestiones
generales que pudieran ser importantes.
- A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje
de sus hijos.
- A participar en la organización, funcionamiento, gobierno
y evaluación del centro educativo, en los términos
establecidos en las leyes.
- A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la
orientación académica y profesional de sus hijos.
- Asimismo, como primeros responsables de la educación de
sus hijos, les corresponde:
- Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente
en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las
enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.
En este sentido, deben acudir la centro siempre que sea requerida
su presencia e informar o justificar responsablemente las ausencias
de sus hijos a las actividades tanto lectivas como complementarias.
- Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos
y las condiciones necesarias para el progreso escolar
- para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les
encomienden.
- Participar de manera activa en la actividades que es establezcan
en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan
con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.
- Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso
educativo, en colaboración con los profesores y los centros.
Por ello, deberán informar a los profesores-tutores de
los aspectos relacionados con la personalidad y circunstancias
especiales de sus hijos que influyan en la formación
integral de éstos.
- Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro,
la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del
profesorado.
- Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad
educativa.
- La entrevista es el cauce de participación individual y
directo de los padres con el profesorado. Los padres o tutores,
podrán solicitar una entrevista, previa petición de
hora, con el tutor en la hora de tutoría dedicada al efecto,
con el equipo directivo, con cualquier profesor, en su caso, o con
el orientador.
- Estar localizables y acudir de forma inmediata, después
de recibir la oportuna comunicación, para hacerse cargo de
su hijo, en caso de accidente o indisposición durante el
horario lectivo.
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